Saturday, November 11, 2006

Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Teresita del Niño Jesús

COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÈDITO

INTRODUCCIÓN

El Movimiento Cooperativo de Ahorro y Crédito es una fuerza mundial organizada y con presencia en los cinco (5) continentes, destacando su desarrollo en los países del primer orden como Estados Unidos, Canada, Alemania, entre otros; operando con los pequeños ahorros aportados por sus socios a quienes conceden principalmente préstamos vitales para el desarrollo de sus actividades productivas.

En el Perú, las cooperativas tienen presencia a nivel nacional, inclusive en lugares donde no hay instituciones de crédito, convirtiéndose las COOPAC en alternativa de desarrollo para la comunidad, mediante servicios financieros a sus asociados, compuesto por trabajadores dependientes e independientes que en muchos casos no tienen acceso al sistema bancario.

Las cooperativas de ahorro y crédito (COOPAC) son empresas de propiedad conjunta, autónomas frente al Estado democráticamente administradas. Se constituyen en forma libre y voluntaria, por medio de la asociación de personas, con la finalidad de atender las necesidades financieras, sociales y culturales de sus miembros.

Las cooperativas fomentan el ahorro en sus diversas modalidades, además de brindar otros servicios financieros a sus socios. Son una verdadera opción de apoyo mutuo y solidario frente a la crisis, porque agrupan a personas comunes que están al margen del sistema financiero tradicional. Los socios forman un fondo común destinado a otorgar créditos que alivien sus necesidades urgentes o de inversión.

El carácter solidario de las cooperativas de ahorro y crédito, contrapuesto al fin lucrativo de las entidades bancarias, determina que gran cantidad de personas opten por nuestros servicios.

Las asociaciones no sólo se rigen por un reglamento interno, sino por principios y valores de obligatoria aceptación entre nuestros socios. La membresía abierta y voluntaria, el control democrático de los miembros, la participación económica, la autonomía e independencia, la educación, el acceso a la información, la cooperación entre los miembros y el compromiso con la comunidad, son algunos ejemplos.
Y no sólo sus socios obtienen beneficios de las COOPAC, sino también las localidades donde operan hacia donde canalizan sus fondos. Las tasas de interés competitivas y los servicios de previsión social son otras de sus principales ventajas.
En suma, las COOPAC, además de promover el desarrollo de los sectores productivos, fomentan una cultura empresarial solidaria y los valores de equidad y ética.
En años recientes, las cooperativas de ahorro y crédito, como empresas que respetan las normas del mercado, adoptaron un carácter más gerencial y moderno, sin dejar de lado los valores del cooperativismo y su papel social en la comunidad.

Así, se han adaptado a los cambios y exigencias del mundo moderno, dotándose de infraestructura y tecnología, evaluando constantemente sus productos y diseñando otros nuevos con el propósito de satisfacer las necesidades de sus socios y sus familias.

Las COOPAC están reguladas por la Superintendencia de Banca y Seguros que las reconoce como instituciones financieras no bancarias. En 1993, la supervisión de las cooperativas fue delegada a la Federación Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito del Perú (FENACREP).

Cuentan con normatividad que les permite clasificar, evaluar y hacer provisiones sobre la cartera de colocaciones, igual que un banco, y también están sometidas a limitaciones y prohibiciones, lo que garantiza la solvencia y solidez de su sistema.

En 1990 se creó como órgano estatal de promoción y de supervisión nacional de las cooperativas al Instituto Nacional de Cooperativas (INCOOP). Dicho órgano a la vez era una institución pública descentralizada del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía técnica y administartiva (Véase los artículos 86° y sigs. del TUO de la Ley General de Cooperativas, aprobado mediante D.S. N° 074-90-TR, publicado el 14 de diciembre de 1990). Sin embargo, a fines de 1992, mediante D.L. N° 25879, publicado el 24 de noviembre de 1992, el Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional declaró la disolución y liquidación del INCOOP. En cuanto al régimen de supervisión de las cooperativas, declarada la disolución y liquidación del INCOOP se dispuso que, en adelante, el caso de las cooperativas de ahorro y crédito pasara al control, supervisión y fiscalización de la Superintendencia de Banca y Seguros (Artículo 5° del D.L. N° 25879). Las demás organizaciones cooperativas, por disposición de la misma norma, pasaron al control, supervisión y fiscalización de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV (Artículo 5° del D.L. N° 25879). Ahora bien, el inciso b) del artículo 2° del Texto Unico Concordado de la Ley Orgánica de la CONASEV, aprobado por D.L. N° 26126, establece que corresponde a esta institución, la supervisión de las personas jurídicas organizadas de acuerdo a la Ley General de Sociedades, de sucursales de empresas extranjeras en el país y de las cooperativas; en este último caso, aunque la norma no lo precisa, es obvio que se encuentran excluidas las cooperativas de ahorro y crédito. Asimismo, es importante señalar que luego, la Decimocuarta Disposición Final de la Ley del Mercado de Valores, D. Leg. N° 861 del 21 de octubre de 1996, precisó que la función supervisora que ejercía CONASEV sobre las personas jurídicas mencionadas, entre las que se encuentran las cooperativas con excepción de las de ahorro y crédito, está circunscrita a la presentación de la información financiera de parte de las mismas. Por tanto, de acuerdo a las normas expuestas, el ámbito de supervisión de las cooperativas, con exclusión de las cooperativas de ahorro y crédito, solamente comprende la exigencia a las mismas a efectos que presenten información financiera. En ese marco, el Directorio de CONASEV aprobó la suscripción de un Convenio de Asistencia Institucional con el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INE, a fin que las funciones de procesamiento de información financiera de las empresas sea centralizada por el INEI. Por último, mediante la promulgación de la Ley N° 27323, publicada el 23 de julio del 2000, entre otros aspectos, se sustituyó el inciso u) del artículo 9° del D. Leg. N° 604, Ley de Organización y Funciones del INEI, señalándose como función de dicha institución: "Exigir la presentación de información financiera de las empresas constituidas en el país y de las sucursales de empresas extranjeras que se encuentren dentro de los límites económicos que el Instituto Nacional de Estadística e Informática determien, así como de las cooperativas, con excepción de las de ahorro y crédito, para los fines de elaboración de las estadísticas nacionales." En consecuencia, actualmente las facultades de supervisión de las cooperativas con excepción de las de ahorro y crédito ya no corresponden a CONASEV sino al INEI, empero, como señalamos ella comprende únicamente exigir la presentación de información financiera; en cuanto a las cooperativas de ahorro y crédito, éstas se encuentran bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros.

El movimiento de las cooperativas de ahorro y crédito representa una oportunidad de ayuda financiera para los microempresarios de diversos sectores y los productores que viven en lugares de difícil acceso, donde no existen otras instituciones crediticias. Sus créditos van dirigidos principalmente a financiar a las micro y las pequeñas empresas, mueven capital para la inversión productiva y fomentan la creación de nuevas empresas, por lo tanto generan nuevos empleos y oportunidades.

La cooperativa trabaja para el desarrollo sostenible de su comunidad mediante políticas aceptadas por sus miembros. Sus excedentes se invierte en servicios a la comunidad misma, como son: un centro médico, una farmacia y actividades de educación cooperativa y capacitación empresarial, principalmente.
La democracia es uno de los pilares fundamentales que sustenta las actividades de los miembros de las cooperativas. Son una escuela de democracia: eligen y renuevan anualmente por tercios a los socios que dirigen y controlan, en primera instancia, que el funcionamiento de la organización esté de acuerdo con la ley.

Esta práctica la han mantenido durante los 50 años de existencia y bajo todo tipo de gobierno, enriqueciendo la cultura cívica de los peruanos.

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÈDITO SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚS

BIOGRAFÌA DE SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÙS


Santa teresita del niño Jesús nació en Alencón el día 2 de enero de 1873 y fue la menor de los hijos que tuvieron sus piadosos padres Luis Estanislao Martín y Cecilia Guerìn desde su mas tierna infancia deseo ardientemente consagrarse a Dios en la vida religiosa, y por una serie de los acontecimiento providenciales, después de verse varias veces rechazada entro a la edad de 15 años en el convento de Carmelitas Descalzas de Lisieux en donde pasó 9 años y 6 meses en la practica constante de todas las virtudes.

Se distinguió siempre por su ardiente amor a Dios y admirable confianza en el y el tierno amor que desde sus primeros años tuvo a la Santísima Virgen María, que bondadosa se apareció a teresita cuando en muy corta edad fue acometida por una enfermedad extraña de la cual fue curada prodigiosamente.

El 9 de junio de 1995 fiesta de la Santísima trinidad, hizo su ofrenda de holocausto al amor misericordioso de Dios, que consta en un hermoso manuscrito que fue hallado después de su dichosa muerte en el libro de los evangelios que la beata llevaba día y noche sobre su corazón.

Algunos días después de esa ofrenda de holocausto de amor al amor misericordioso de Dios, se sintió derrepente herida de una encendida flecha de amor divino. Murió el 30 de setiembre de 1897 a la edad de 24 años no cumplidos y sus ultimas palabras fueron mientras contemplaba el crucifijo que tenía en sus manos y estrechaba frecuentemente contra su corazón, te amo, oh Dios mío, te amo! poco tiempo antes de su santa muerte decía: presiento que mi misión va a empezar, mi misión de hacer amar a Dios como yo le amo y de enseñar mi caminito a las almas. Quiero pasar mi cielo haciendo bien a la tierra. Después de mi muerte haré caer una lluvia de rosas.

CREACIÒN DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÈDITO SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÙS

La Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Teresita del Niño Jesús se constituyo el 11 de noviembre de 1963 reconocida oficialmente por Resolución Nº 178-ICOOP del 03 de agosto de 1965, e inscrita su personería jurídica en el tomo I, folio 513 Registro nacional de cooperativas; y el libro de cooperativas de los registros públicos fojas 31 tomo I.

En cumplimiento de lo dispuesto de los derechos legislativos Nº 085 y Nº 141, la Cooperativa de ahorro y crédito modifico su estatuto el 25 de marzo de 1982. Posteriormente en asamblea general extraordinaria de socios del 02 de noviembre de 1996 se aprobó la modificación, en cumplimiento de la resolución de superintendencia de banca y seguros Nº 190-95, la misma que fuera inscrita en la partida Nº 11009905 del registro de personas jurídicas de la oficina registral de lima.

En asamblea general extraordinaria de socios de fecha 25 de marzo de 2000 en aplicación de la SEXTA disposición transitoria del reglamento de las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a operar con recursos del publico, aprobado por resolución SBS Nº 0540-99, acordó adecuar las normas estatutarias a las disposiciones contenidas en el mencionado reglamento.

La actual modificación obedece al cumplimiento de la resolución SBS Nº 621-2003, que dispone la modificación del reglamento de las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a operar con recursos del público aprobados por resolución de superintendencia de banca y seguros Nº 0540-99, por lo que se acordó adecuar las normas estatutarias a la mencionada resolución.

La cooperativa de ahorro y crédito santa teresita del niño Jesús, se regirá por su estatuto y reglamentos internos aprobados de conformidad a la ley de cooperativas, así como la disposiciones que establezca la superintendencia de banca y seguros de la federación nacional de cooperativas de ahorro y crédito del Perú (FENACREP).

La denominación social es cooperativa de ahorro y crédito santa teresita del niño Jesús; siendo su modalidad la d usuarios y abierta, su domicilio es la ciudad de lima, provincia y departamento de lima.

El plazo de la duración de la cooperativa es indefinido y su radio de acción abarca la provincia de lima, pudiendo cuando lo considere necesario la asamblea general crear o suprimir filiales dentro de la provincia de lima, previa autorización de la federación nacional de cooperativas de ahorro y crédito del Perú.

La responsabilidad de la cooperativa es limitada, entendiéndose por ello que los socios corresponden únicamente con el monto de sus aportaciones y que la cooperativa responde con su patrimonio neto.

El capital de la cooperativa es variable e ilimitado, constituido por las aportaciones de los socios.

EL PATRIMONIO COOPERATIVO

La reserva Cooperativa como el capital social se constituye la base económica de la empresa Cooperativa Patrimonio Cooperativo.

Esta formada por recursos anuales que se definen al término de cada ejercicio fiscal.

Para los casos en que exista remanente, luego de deducir impuestos se distribuirá de la forma siguiente:

Mínimo un 20% del remanente para el fondo de reserva.
Otra cantidad para formar “provisiones” que cubran programas de educación Cooperativa, Previsión social y desarrollo Cooperativo.
Las asamblea general aprobará la distribución del saldo a favor de los asociados.
Finalmente sólo en el trabajo intenso y/o en la activa utilización de servicios bien administrados, estará el éxito de nuestra empresa Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Teresita del Niño Jesús.

TAREA FUNDAMENTAL DE LA EDUCACION COOPERATIVA

Con el advenimiento del nuevo milenio, en nuestras realidades se introdujeron nuevos conceptos que actualmente conviven con nosotros que hasta cierto punto forma parte de nuestro léxico cotidiano. Uno de estos conceptos es el que se encuentra referido a la globalización, termino que traspolado hacia el ser humano cooperativo adquiere connotaciones trascendentales, dado que si pensamos en un cuidado global es imprescindible que le brindemos las herramientas necesarias y esenciales destinadas a que este pueda formar su propia opinión que posteriormente se convertirá en una posición frente a determinadas cuestiones.

En este sentido, resulta paradójico para el movimiento cooperativo nacional en general y para las cooperativas de ahorro y crédito en particular, tener que aceptar que, a pesar que el reglamento de las cooperativas de ahorro y crédito se encuentre vigente desde hace aproximadamente tres años, a la fecha aun esta norma genere controversia y se sigan discutiendo las bondades de sus disposiciones y lo mas grave que un amplio sector de los socios cooperativista ni siquiera hayan tenido acceso al texto de la misma que les permita efectuar un análisis serio y poder adoptar una posición frente a esta, es una realidad innegable que le reglamento de las cooperativas de ahorro y crédito ha generado y genera controversia al interior del movimiento cooperativo nacional, de allí la importancia nos solo de conocer esta norma, sino también,, de ser posible, efectuar un exhaustivo análisis de la misma.

Por ello, el comité de educación de la cooperativa de ahorro y crédito de la cooperativa santa teresita del niño Jesús consiente que el cumplimiento del principio cooperativo de educación no se encuentra únicamente dirigido a capacitar, sino fundamentalmente a formar opinión entre sus asociados, programó el seminario “Análisis y Perspectivas del Reglamento de las COOPACS” en el mismo que se analizó desde un punto de vista critico tanto las normas contenidas en la revolución SBS Nº 540-99, así como su aplicación en la experiencia practica y las proyecciones de esta norma en el futuro inmediato, de tal modo que se adopte una posición consciente frente a una reglamentación que permita ejercer una activa vida institucional.

REQUISITOS PARA SER SOCIO


- D.N.I O DOCUMENTO DE IDENTIDAD

- RECIBO DE AGUA O LUZ

- NO TENER CALIFICACIÒN NEGATIVA EN EL SISTEMA FINANCIERO (CENTRALES DE RIESGO)

- APORTE MÌNIMO S/. 115.50 (SUJETO A VARIACIÒN 3.5% DE LA U.I.T.)

- CUOTA DE INSCRIPCIÒN S/. 50.00

- APORTACIÒN MÌNIMA MENSUAL DE S/. 10.00


ÁREA DE CRÉDITOS

El área de créditos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Teresita del Niño Jesús es la misma en la que recae la base de creación y constitución de la Cooperativa ya que es el lugar donde los asociados solicitan préstamos de carácter dinerario para satisfacer sus necesidades de: vivienda, construcción, ampliación, estudios, empresa, artefactos, muebles, vehículos, paga sus viajes al contado o motivos personales, es la zona medular de la Cooperativa de ahorro y crédito en general.

Otorga a sus socios créditos directos, así como avales y fianzas, a plazo y montos determinados, con arreglo a las condiciones que señale el respectivo reglamento de créditos, el mismo que será aprobado por el Consejo de Administración.

El mencionado reglamento de créditos incluye, entre otros aspectos. Los requisitos, condiciones y niveles de aprobación de los créditos, así como los tipos de garantías que se puedes recibir.

El Consejo de Administración es el órgano responsable que asumirá en establecer la política de créditos y definirá: los diferentes servicios de crédito que prestará la Cooperativa; determinará las cantidades máximas a otorgar por tipo de préstamo; el interés respectivo; fijará los montos máximos de fondos destinados mensualmente para cada tipo de préstamo, los mismos que podrá aumentar, disminuir o suspender temporalmente, previo análisis de la situación financiera de la Cooperativa.

Es así como podemos definir los siguientes conceptos:

El Crédito.- el crédito es considerado como la capacidad que tienen las personas naturales o jurídicas para obtener dinero, mercancías o servicios, mediante el compromiso de pagarlos en una fecha futura.

Amortización.- la amortización es la cantidad que se va devolviendo del capital prestado mediante la entrega de una sucesión de pagos escalonados en el tiempo ya sea en forma mensual, quincenal, diarios o según lo pactado.
Intereses.- Es el elemento típico de todo crédito, se conceptualiza como el precio que se paga por el uso del dinero en un plazo determinado.

Son objetivos de la concesión de los servicios de créditos:

a. Promover el bienestar entre los asociados, proveyéndoles alternativas de recursos financieros orientados a satisfacer sus necesidades económicas y sociales y así contribuir a elevar su condición de vida y la de sus familiares.
b. Colaborar con los planes y programas de desarrollo económico y social que ofrecen los organismos de integración del movimiento cooperativo nacional e internacional y las entidades auxiliares del Cooperativismo.
c. Desarrollar el espíritu cooperativo y de trabajo entre los asociados con el fin de contribuir al incremento de sus aportaciones y lograr, así buenos créditos.
d. Instituir las normas que garanticen la oportuna y eficaz recuperación de los créditos otorgados para ofrecer en las reservas y el capital de trabajo de la Cooperativa.
e. Orientar y asesorar al asociado con el fin de que logre un efectivo manejo y control del crédito sin que comprometa el ingreso familiar.
f. Proporcionarle a los asociados prestamos con tasas de interés y plazos de pago razonables y competitivos.
g. Lograr que la Cooperativa autofinancie sus actividades, con recursos propios generados por la capitalización sistemática de los fondos de los asociados.
h. Exigir a los asociados el fiel cumplimiento de los compromisos financieros pactados con la Cooperativa.
i. Acudir a los beneficios que ofrece la Cooperación internacional.

EL PAGARÉ

Una de las actividades fundamentales de una cooperativa de ahorro y crédito es brindar la posibilidad a sus asociados de obtener un crédito.

Esta actividad conlleva requisitos mínimos para que se establezca la relación crediticia entre la institución y su socio; siendo el requisito por excelencia para que se establezca esta relación, la firma del documento denominado PAGARÈ empero ¿que es un pagaré? ¿Cuáles son sus características? ¿Cuáles son las obligaciones que surgen a la firma de un pagaré? Estas preguntas y sus respuestas adquieren singular importancia para el socio de una cooperativa de ahorro y crédito que busca que el éxito del cooperativismo no se mida en términos de rendimiento económico sino en términos de impacto social en la vida de una comunidad procurando una adecuada redistribución del ingreso creando una estructura de poder participativo y democrático.

El pagaré es conceptualizado como un titulo valor es decir un documento al que se le ha incorporado un contenido patrimonial, destinado a promover la actividad económica agilizando, y dando fluidez al trafico patrimonial.

Este documento para ser considerado como tal debe contener la denominación pagare, la indicación del lugar y fecha de su emisión, la promesa incondicional de pagar una cantidad determinada de dinero o una cantidad determinable de este conforme a los sistemas de actualización o reajuste de capital legalmente admitidos, el nombre de la persona o a la orden quien debe hacerse el pago, la indicación de su vencimiento único o de los vencimiento parciales, la indicación del lugar del pago y el nombre, el numero de documento oficial de identidad y la firma del emitente quien tiene la calidad de obligado principal.

En el caso de la indicación de la cantidad de pago contenida en el documento, podrá señalarse ya sea como pago único, o en armadas o en cuotas en el caso de pagos por cuotas la falta de pagos o de una más de ellas faculta al tenedor a dar por vencidos todos los plazos y exigir el monto del pago total del titulo o alternativamente, exigir los pagos pendientes en la fecha de vencimiento de cualquiera de las siguientes armadas o cuotas inclusive en la fecha de la ultima armada o cuota según decida libremente el tenedor.

Adicionalmente, en el pagare se puede dejar constancia de la causa que dio origen a su emisión, así como la tasa de interés compensatorio que devenga hasta su vencimiento, así como de las tasas de interés compensatorio y moratorio para el periodo de mora; por ello en el pagare pueden pactarse intereses compensatorios hasta la fecha de su vencimiento, como intereses compensatorios mas moratorios para el periodo posterior de su vencimiento, ello significa que dichos intereses puedes ser acordados para cada una d las cuotas que representa si fuese uno pagadero en armadas; es esto en esencia lo que diferencia a este titulo Valor de la letra de cambio y del cheque que solo admiten el pacto de intereses compensatorios y moratorios únicamente para el periodo de mora.

La obligación que surge a suscribir un pagare esencialmente es cumplir escrupulosamente con la promesa de pagar la suma de dinero que representa este titulo según el tenedor de este documento, por lo tanto resulta claro que el incumplimiento permite el inicio de la acción directa contra el emitente y sus garantes, nótese que se habla de garantes y no solamente del aval, debido a que es posible prestar fianza como garantía de su pago, con presunción que es solidaria aún cuando no se señale en ella o no exista renuncia expresa al beneficio de excusión, en la medida y a condición de que esta garantía conste en el mismo titulo valor.

Como notación final es importante señalar que el denominado vale a la orden ha sido eliminado de la legislación nacional por haber caído en desuso y diferenciarse del pagaré sólo en la forma de su redacción, por lo que carecía de utilidad y sentido mantenerlo, mas aun si la tendencia internacional es la de su desaparición por su poca o nula utilización.

ÁREA DE COBRANZAS

En el Área de Cobranzas de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Teresita del Niño Jesús es de menester del personal asignado el seguimiento constante de los asociados beneficiados con un crédito y que se encuentran en calidad de atrasados en sus pagos o morosos según el siguiente procedimiento:

GESTIÓN ADMINISTRATIVA:

Deberá realizarse las cobranzas siguiendo el siguiente orden:

a) Vía teléfono al titular al octavo (8) día de atraso en su crédito.
b) Vía teléfono al titular y avalistas a los veinte (20) días de atraso.
c) Notificación domiciliaria por carta al titular del crédito a los treinta (30) días de atraso.
d) Notificación domiciliaria por carta al titular del crédito y avalista a los sesenta (60) días de atraso.
e) Se hace presente que las notificaciones cursadas por morosidad deberán contener saldo pendiente de pago del deudor, así como los intereses y gastos administrativos a la fecha de notificación.
f) Notificación de expulsión del socio (plazo 72 horas).
g) Notificación a socio garante para gravar sus aportes (plazo 72 horas)

GESTIÓN LEGAL:

Agotada la via administrativa, ante el incumplimiento del socio se procede a:

a) Cursar notificación notarial al domicilio del titular y aval requiriendo el crédito.
b) Vencido el requerimiento anterior sin que el deudor honre la deuda, se procederá a iniciar la cobranza vía judicial
c) Todas las notificaciones tanto administrativo y legal deberán contener el saldo deudor así como los intereses y gastos administrativos a la fecha de la notificación. Es responsable de seguir estrictamente el procedimiento detallado en el punto 1 el Área de Cobranzas, debiendo comunicar en forma oportuna al Área Legal, lo correspondiente para el inicio de su gestión.

· Que las comunicaciones cuenten con el “Visto Bueno” de la Gerencia.
· Que se cobre gastos administrativos después de sesenta (60) días.

SIGNIFICADO DE LA MOROSIDAD

Es la impuntualidad por parte del socio en el pago de sus obligaciones de préstamo, desde el día siguiente de vencido una sola cuota. Esta situación además que perjudica el crecimiento de nuestra Cooperativa, afecta la economía de los socios.

Nuestra Cooperativa desea principalmente el bienestar del socio, por eso debe tenerse presente lo que ocasiona la MOROSIDAD frente a un crédito.

1. El socio es objeto de notificación constante, lo que creará una imagen negativa para cualquier crédito.
2. Los garantes también serán objeto de notificación lo que generará conflictos entre ellos.
3. El garante notificado nunca tendrá la voluntad de garantizarle un nuevo préstamo.
4. Generará el interés moratorio por cada día de retraso que afectará su economía.
5. Se reportará la situación de morosidad a otras entidades crediticias y/o financieras, que constituye un bloque negativo a todo crédito.
Consecuentemente la morosidad origina retraso para institución, y para el socio que no podrá acceder a los beneficios que otorga la Cooperativa y sobre todo la incomodidad para el socio.

ÁREA LEGAL

EL Área Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Teresita del Niño Jesús está compuesta por un conjunto de asesores encargados de observar, modificar, la normatividad interna que rige el funcionamiento de la Cooperativa con sujeción a la decisión del Consejo de Administración. También es labor del Área Legal la defensa y protección de los Intereses Legales de la Cooperativa en los diferentes procesos de los que sea parte, ya sea Administrativo o Judicial.

El procedimiento de cobranza legal realizada en contra de los deudores es el siguiente:

1. Protesto del título valor (pagaré).

2. Interponer demanda ejecutiva ante el juzgado respectivo.

3. Interponer medida cautelar de embargo en forma de secuestro conservativo con entrega al custodio hasta el cumplimiento de la deuda.

CLASES DE CRÉDITOS

CRÉDITO ORDINARIO

HASTA CUATRO VECES EL SALDO DE LOS APORTES DEL SOCIO.

REQUISITOS

- SER SOCIO ACTIVO
- D.N.I O DOCUMENTO DE IDENTIDAD
- SUSTENTAR INGRESOS:
DEPENDIENTES: TRES ULTIMAS BOLETAS DE PAGO
INDEPENDIENTES: RECIBOS DE HONORARIOS DE LOS ULTIMOS TRES MESES
COMERCIANTES: R.U.C. YU TRES ULTIMAS DECLARACIONES, PAGOS A LA SUNAT, LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO
NEGOCIANTES INFORMALES: PRESENTAR DD.JJ. Y BOLETAS DE COMPRA, AUTOVALÙO DE CASA
- GARANTE CON CAPACIDAD DE PAGO.

LOS INTERESES SON A REBATIR GENERADOS SOBRE EL SALDO DEL CRÈDITO OTORGADO.

NOTA: EL MONTO DEL CRÈDITO ORDINARIO PUEDE SER MAYOR DE ACUERDO A LA EVALUACIÒN Y CAPACIDAD DE PAGO.

CRÉDITOS PROMOCIONALES

- POR ESCOLARIDAD, DÌA DE LA MADRE, DÌA DEL PADRE, FIESTAS PATRIAS, ANIVERSARIO Y NAVIDAD.
- A TASA DE INTERÈS REBAJADA.

CRÉDITO A SÓLA FIRMA

- HASTA EL 90% DE LOS APORTES DEL ASOCIADO Y A TASA DE INTERÈS REBAJADA.

EL SOCIO PODRÀ REALIZAR SUS PAGOS EN LA CALIDAD DE PRE-PAGOS Y ASÌ REDUCIR SU DEUDA PRONTAMENTE.

SERVICIOS SOLIDARIOS

SEGURO DE SEPELIO (PREVISIÒN SOCIAL)

Al fallecimiento o invalidez permanente del socio se otorga una cobertura econòmica a los beneficiarios:

- Pago anual: $ 13 Cobertura: $ 1 500 y 3 000
previsión social significa prever y tomar acciones para atender las necesidades que coadyuven a mejorar la condición social y humana de los asociados se reconoce la figura de la previsión aceptando como tal a las prestaciones entregadas a los asociados para hacer frente a acontecimientos imprevistos como es el de fallecimiento del socio y otros.

Las prestaciones que se otorgan para prever estas contingencias se dan en función del criterio tradicional den que son circunstancias que pueden acontecer a futuro (fallecimiento).
SEGURO DE DESGRAVAMEN (AUTOCANCELACIÒN)

En caso de fallecimiento o invalidez permanente del socio, la deuda queda automáticamente cancelada.

- Pago único: 3% del monto del crédito otorgado.

PAQUETE NAVIDEÑO

A travès de una cuota mensual el socio recibe un paquete navideño y un pavo en Diciembre, la Cooperativa asume parte del costo total.

OTROS SERVICIOS

Para los socios puntuales en el pago de sus crèditos y que cumplan con aportar mensualmente:

- Sorteo por el dìa de la madre y dìa del padre.

- Sorteo por fiestas patrias y aniversario de la cooperativa

- Seminarios, conferencias y talleres

- Pago de sus amortizaciones vìa banco

- Atención personalizada

- Cuota de acuerdo a la capacidad de pago

- Hasta 36 meses para pagar

- Cuenta sin cobro por mantenimiento, comisiones, portes ni I.T.F.

CONCLUSIONES
1. Las cooperativas de ahorro y crédito son un medio importante para ayudar a satisfacer las necesidades de crédito productivo y comercial del sector empresarial de la economía y para generar empleo en importantes porcentajes, por ello, tienen que continuar modernizándose, renovando energías, produciendo nuevas ideas para que así sean más eficientes y competitivas.
2. El mercado es muy exigente, los bancos, las cajas municipales y las cajas rurales están actuando con mucha agresividad y lo que fue un mercado exclusivo de las cooperativas de ahorro y crédito, hoy es apetecido por estas organizaciones que ofrecen servicios similares a costos similares o en algunos casos mejores que los ofertados por las COOPAC.
3. En América Latina las Cooperativas buscan modernizarse pues saben que enfrentan una coyuntura crítica debido a la presencia de otros actores; de no hacerlo será casi imposible la supervivencia de las instituciones. Esta modernización tiene que ser rápida ya que de lo contrario seguirán prestando servicios modestos, se convertirán poco a poco en un club de amigos, pero no cumplirán con el verdadero objetivo de una Cooperativa.
4. Las Cooperativas tienen que adaptarse a los cambios de su entorno, evolucionar de acuerdo a las necesidades de sus miembros y a las expectativas de la comunidad; toda Cooperativa que quiera progresar y garantizar su vigencia debe transformarse por si misma, en forma progresiva y prepararse con mucha anticipación; aunque, en algunas ocasiones, la exigencia de los cambios es repentina y se debe permanecer alerta y actuar con celeridad.
5. Es muy difícil encontrar una Cooperativa de Ahorro y Crédito que no utilice el servicio de internet. Su uso les brinda un sin fin de beneficios, les permite comunicarse con personas e instituciones casi sin limitación alguna, pueden acceder a la biblioteca más grande del mundo, pueden obtener información de productos y servicios tanto de proveedores nacionales como extranjeros, les brinda noticias de todo el mundo, les posibilita saber como va el avance de la tecnología, educación, salud política economía; es decir pueden acceder a una infinidad de información valiosa y además pueden facilitar y agilizar las transacciones con sus socios.
6. La Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Teresita del Niño Jesús, en este período de gestión, se ha caracterizado por el desarrollo de procedimientos para optimizar la utilización de sus ingresos, continuando con la reactivación de la Cooperativa, luego de superar diversas dificultades durante varios años de décadas pasadas. Han captado nuevos socios y se ha efectuado la prestación oportuna del servicio de crédito a sus asociados, para lo cual han implementado sus equipos de cómputo, con lo cual se ha mejorado el sistema de control de las cuentas corrientes y el contable computarizado. Asimismo, continúan con el servicio de Información de la Central de Riesgo Financiero que les permite consultar sobre los antecedentes crediticios de quienes solicitan el ingreso como socio y de sus socios que solicitan el crédito.

GLOSARIO DE TÉRMINOS
1. COOPERATIVA.- Es una organización sin propósito de lucro la cual procura mediante el esfuerzo propio y la ayuda mutua de sus miembros el servicio inmediato de éstos y el mediato de la comunidad.

2. ESTATUTO.- Pactos, convenciones ordenanzas o estipulaciones establecidas por los fundadores o por los miembros o socios de una entidad, para el gobierno de una asociación, sociedad, corporación, sindicato, club, etc.

3. PATRIMONIO.- El conjunto de bienes, créditos y derechos de una persona y su pasivo, deudas u obligaciones de índole económica.

4. EMPRESA.- Forma o modo de desarrollar una actividad económica típica de un empresario, caracterizada por la profesionalidad con que se ejercita, por ser organizada con arreglo a un plan o proyecto racional y por perseguir un fin de producción o intercambio de bienes o servicios en el mercado. Esta actividad internamente supone la organización de los medios productivos, externamente, la actuación en el mercado.

5. EDUCACIÓN.- Todos tienen derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

6. APORTACIÓN.- Constituye la contribución del socio en cuanto tal a la promoción del fin común de la sociedad.

7. CONSEJO.- Junta de personas que se reúnen para deliberar sobre un asunto de interés, y a los cuerpos consultivos y de asesoramiento creados por los gobiernos.

8. COBRANZA.- Cobro, percepción de lo debido.

9. GERENTE.- Quien dirige, con arreglo a los estatutos o poderes otorgados, los negocios de una sociedad o empresa mercantil y lleva la firma de la entidad o establecimiento.

10. MOROSO.- Incurso en mora o retraso en el cumplimiento de sus obligaciones.

11. PROTESTO.- Requerimiento notarial que se hace para justificar que no se ha querido aceptar o pagar una letra de cambio, para reservar así los derechos del tenedor contra el librador, endosantes, avalistas e intervinientes.

12. COOPAC.- Cooperativa de ahorro y crédito.

13. CUOTA.- Parte determinada o fija que corresponde dar o percibir a cada uno de los interesados en un negocio, suscripción, empréstito, etc.

14. GESTIÓN.- Desempeño de una función o cargo.

15. BALANCE.- Cuenta que, para la confrontación de los ingresos y gastos, llevan los comerciantes y también algunos particulares, y que demuestra el estado de su caudal.

BIBLIOGRAFÍA
1. Constitución Política del Perú de 1993.

2. http://www.fenacrep.org/

3. Estatuto de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Teresita del Niño Jesús.

4. Política de Crédito de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Teresita del Niño Jesús.

5. Reglamento de Créditos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Teresita del Niño Jesús.

6. Cartilla para procedimiento de Cobranzas.

7. Boletín Nº 3 Noviembre – 2002 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Teresita del Niño Jesús.

8. Boletín Nº 2 Junio – 2002 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Teresita del Niño Jesús.

9. Boletín de la Federación Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito del Perú, Año 16 Nº 185 – Octubre, 2005.

10. Ley General de Cooperativas.

11. Código Civil.

12. Ley General de Sociedades.

13. Diccionario Jurídico Elemental, Dr. Guillermo Cabanellas de Torres.

14. Diccionario Jurídico Espasa.

RECOMENDACIONES
1. Es necesario que las Cooperativas realicen una reingeniería de los actuales productos financieros, diseñando nuevas alternativas que respondan a las necesidades de los socios, revisando los costos a fin de disminuirlos, creciendo el número de socios y de operaciones, mejorando la gestión del crédito y de la cobranza para que las provisiones no afecten al remanente, adquiriendo tecnología informática moderna y, en general, profesionalizando sus recursos humanos para brindar un servicio igualmente profesional; todas estas acciones impedirán que salgan del mercado.

ANEXOS
1. Estatuto de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Teresita del Niño Jesús.

2. Solicitud de ingreso.

3. Solicitud de préstamo.

4. Ficha de Verificación al Titular.

5. Ficha de Verificación al Garante.

6. Contrato de Mutuo.

7. Boletín de la Federación Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito del Perú, Año 16 Nº 185 – Octubre, 2005.

8. Política de Crédito de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Teresita del Niño Jesús.


9. Reglamento de Créditos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Teresita del Niño Jesús.

10. Cartilla para procedimiento de Cobranzas.

11. Boletín Nº 2 Junio – 2002 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Teresita del Niño Jesús.

12. Boletín Nº 3 Noviembre – 2002 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Teresita del Niño Jesús.

13. Expediente Judicial.

ÍNDICE
Pag.
1. INTRODUCCIÓN……………………………………………………1

2. BIOGRAFÍA DE SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚS………..6

3. CREACIÓN DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SANTA TERESITA DEL NIÑO JESÚS……………………………7

4. EL PATRIMONIO COOPERATIVO………………………………..9

5. TAREA FUNDAMENTAL DE LA EDUCACIÓN
COOPERATIVA……………………………………………………..10

6. REQUISITOS PARA SER SOCIO…………………………………12

7. ÁREA DE CRÉDITOS……………………………………………….13

8. EL PAGARÉ…………………………………………………………..16

9. ÁREA DE COBRANZAS……………………………………………..19

10. SIGNIFICADO DE LA MOROSIDAD……………………………….21

11. ÁREA LEGAL………………………………………………………….22

12. CLASES DE CRÉDITOS……………………………………………..23

13. CONCLUSIONES……………………………………………………...26

14. GLOSARIO DE TÉRMINOS…………………………………………..28

15. BIBLIOGRAFÍA………………………………………………………….31

16. RECOMENDACIONES…………………………………………………33

17. ANEXOS………………………………………………………………….34

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